Control de agua en el grifo del consumidor

De acuerdo con el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano, el control de la calidad del agua se llevará a cabo mediante: el autocontrol, la vigilancia sanitaria y el control en grifo del consumidor. El artículo 20 del R.D. 140/2003, de 7 de febrero, establece los parámetros a controlar en el grifo de consumidor. La autoridad sanitaria podrá incluir los parámetros que considere oportunos para salvaguardar la salud de la población abastecida.

Una vez realizadas esas analíticas el Ayuntamiento de Santa Lucía introduce los datos en el Sistema Información Nacional de Aguas de Consumo (SINAC).

 SINAC Sistema de Información Nacional de Aguas de Consumo